Diferencias entre VERI*FACTU y la Factura Electrónica

Aunque a menudo se confunden, VERI*FACTU y la Factura Electrónica son conceptos totalmente distintos que afectan a la facturación empresarial desde enfoques diferentes y están regulados por normativas separadas.

¿Qué es la Factura Electrónica?

La Factura Electrónica está regulada por la Ley 18/2022, también conocida como Ley Crea y Crece. Su objetivo es impulsar la digitalización empresarial, mejorar el acceso a financiación y reducir la morosidad comercial.

Puntos clave:

  • Obliga a empresarios y profesionales a emitir, enviar y recibir facturas electrónicas entre ellos.
  • Establece la obligación de informar sobre los estados de las facturas.
  • Su entrada en vigor depende del desarrollo reglamentario y de una excepción comunitaria relacionada con el IVA.

¿Qué es el sistema VERI*FACTU?

El sistema VERI*FACTU, regulado por la Orden HAC/1177/2024 y el Real Decreto 254/2025, tiene como finalidad prevenir el fraude fiscal en los programas informáticos de facturación.

Obligaciones del sistema VERI*FACTU:

  • Los programas deben garantizar la integridad, trazabilidad, conservación e inalterabilidad de los registros.
  • No pueden permitir la modificación o eliminación de facturas sin dejar rastro.
  • Las facturas generadas deberán incluir un código QR y ser enviadas de forma inmediata a la AEAT (Agencia Tributaria).

A quién afecta el sistema VERI*FACTU?

Empresas que usan el SII (Suministro Inmediato de Información): No están obligadas a usar Veri*Factu, pero sus sistemas deben cumplir con los requisitos técnicos.

Empresas en territorios forales (TICKETBAI): No están sujetas a Veri*Factu.

Empresas bajo IGIC o IPSI y que no usen SII: Sí están obligadas a implementar Veri*Factu.

¿IntegraQS está preparado?

Sí. IntegraQS ya cumple muchos de los requisitos técnicos (integridad, trazabilidad, conservación de registros) y se adaptará completamente al sistema Veri*Factu antes de su entrada en vigor.

A partir de 2026, cada factura emitida en IntegraQS:

  • Generará una entrada en el registro de facturación.
  • Se transmitirá automáticamente a la AEAT.
  • Se imprimirá con un código QR para verificar la autenticidad.

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